La cancelación de antecedentes penales: requisitos y trámite de solicitud
La cancelación de los antecedentes penales es un trámite más sencillo de lo que podría parecer. Su regulación la encontramos en los artículos 136 y siguientes del Código Penal.
De hecho, el coste, porque sí, este trámite ante la Administración de Justicia tiene un coste, es bastante bajo en relación con muchos otros trámites; pensemos, por ejemplo, en la tasa modelo 790 código 012 que necesitamos abonar para la asignación de un número de identificación de extranjero (NIE). Si quieres saber cuánto se paga, te adelantamos que su importe asciende a 9,84 € en 2022.
Quiénes pueden cancelar los antecedentes penales
Lo primero de todo que debemos saber es que los antecedentes penales se producen cuando una persona ha sido condenada en firme por la comisión de un delito. Antes de la reforma operada en el Código Penal, una persona podía ser condenada por una falta, que no un delito, lo que no generaba antecedentes. Sin embargo, en 2015, se aprobó la citada reforma por la que se eliminaban las faltas para ser sustituidas en gran parte por los denominados “delitos leves”. A día de hoy, cualquier hecho por el que nos condenen en virtud de un procedimiento penal, llevará aparejada la producción de antecedentes penales.
Pues bien, para cancelar los antecedentes penales podremos hacerlo en nuestro propio nombre o a través de un representante. Es muy importante tener claro que la cancelación de los antecedentes penales no se produce de manera automática. Debemos ser nosotros mismos quienes soliciten su cancelación.
Requisitos para la cancelación de antecedentes penales
Conforme al artículo 136 del Código Penal, para poder cancelar los antecedentes es necesario que se cumplan una serie de requisitos.
En primer lugar, que la persona interesada haya extinguido su responsabilidad por haber cumplido la pena impuesta. Podrá solicitar al Ministerio de Justicia la cancelación, aunque también es posible su concesión de oficio.
En segundo lugar, deben haber transcurrido una serie de plazos sin haber delinquido nuevamente. Los plazos varían en función del tipo de delito cometido:
- Seis meses cuando se trate de una pena leve.
- Dos años para las penas que no superen los 12 meses y las derivadas de delitos imprudentes.
- Tres años para las demás penas menos graves que sean inferiores a tres años.
- Cinco años para las demás penas menos graves iguales o superiores a tres años.
- Diez años para las penas graves.
No debemos confundir la cancelación de los antecedentes penales del artículo 136 del Código Penal con la prescripción de la pena. En el primer caso, la persona ha cumplido la pena impuesta y, en el segundo, no se ha llegado a cumplir la misma por causas ajenas al condenado.
Solicitud de cancelación de antecedentes
Igual de importante es saber los requisitos, como conocer el procedimiento por el que solicitar la cancelación. En la página oficial del Ministerio de Justicia podemos descargar un modelo de solicitud de cancelaciones del Registro Central de Penados, misma institución a la que podemos solicitar la expedición del certificado de antecedentes penales, para su presentación. En este impreso, así como cualquier otro escrito sencillo que también será válido, deben constar los siguientes datos:
- Nombre y apellidos, filiación, localidad, provincia y fecha de nacimiento, documento acreditativo de su identidad y domicilio, teléfono móvil o correo electrónico que deseen a efectos de notificación.
Junto a esta solicitud se recomienda, para agilizar su tramitación, adjuntar un certificado de cumplimiento de la pena expedido por el propio Tribunal o Juzgado que impuso la misma.
Si presentamos la solicitud en nuestro propio nombre, deberemos acreditar nuestra identidad con documento en vigor (DNI, tarjeta comunitaria o pasaporte, permiso de conducir). Si la presentación se realiza a través de representante, tendremos que acreditar tanto la identidad del interesado, como el poder de representación.
La solicitud podrá presentarse por correo o de manera presencial en el Registro General del Ministerio de Justicia, en cualquiera de las Gerencias Territoriales o en cualquiera de los registros señalados en el art. 16.4 de la LPAC. Los ciudadanos extranjeros también podrán pedir cita para cancelar los antecedentes penales en las oficinas consulares y diplomáticas. Ahora también es posible cancelar los antecedentes penales online a través de la sede electrónica del Ministerio.
El plazo para su tramitación es de tres meses. Y en caso de no obtener la resolución expresa dentro del referido plazo, la solicitud se entenderá estimada.
¿Cuándo se cancelan los antecedentes penales?
El momento exacto en el que se considera cumplida una pena es el punto clave para calcular el plazo exigido para la cancelación. Concretamente, la Ley establece que debe empezar a computar el plazo desde la fecha exacta en la que se habría cumplido la pena en caso de no haber podido optar a los beneficios. Por tanto, si una persona es condenada a una pena de prisión de 1 año y 3 meses, pero se le concede la suspensión de la condena por plazo de 2 años, la cancelación podrá solicitarse cuando hayan transcurrido 3 años desde la completa ejecución de la pena original (1 año y 3 meses) y no la del beneficio (2 años).